Si la semana pasada os indicábamos la finalización del límite de fecha para presentar los impuestos domiciliados del segundo trimestre, esta semana vamos a hablar en el blog de la fecha límite para presentar los impuestos con NRC del segundo trimestre de este año. Para volver a leer el post de la semana pasada, haced click aquí y accederéis al contenido publicado. Al igual que os comentábamos hace unos días, es muy importante recordar estos plazos de presentación de impuestos, para así evitar incurrir en ilegalidades y en problemas con la Administración Pública.

Pero primero de todo, vamos a definir a qué nos referimos con impuestos con NRC. El NRC o Número de Referencia Completo es un código generado por una entidad bancaria que se otorga a cada usuario en el momento de realizar el pago de un tributo o tasa. Con este número verificamos que la información transmitida es correcta y además también autentificamos al declarante y la declaración que se hace. Debemos tene presente que la obtención de este NRC no supone la presentación del impuesto, sino tan sólo su pago. Tras pagarlo, deberemos presentarlo a través de medios telemáticos consignando el número de referencia completo que se asocia con el modelo del ingreso.

Gracias al NRC, que fue aprobado en el año 2007, se permite agilizar mucho las presentaciones telemáticas de declaraciones y autoliquidaciones que tengan resultado a ingresar. Su obtención es muy sencilla, ya que sólo tenemos que enviar una solicitud a la entidad bancaria a través de la que deseemos liquidar el impuesto o la tasa.

Este sistema evita los desplazamientos innecesarios a las entidades financieras, de forma que se ahorra tiempo y esperas innecesarias, aunque debemos tener en cuenta que también tiene inconvenientes. Ya que el pago y el modelo no se presentan la mismo tiempo, debemos estar pendientes de que se hace correctamente y si no se ha hecho así, corregirlo antes de presentarlo formalmente.

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